Norma: Ley
Suprímense, a partir de la promulgación de la presente ley, los siguientes impuestos, gravámenes y arbitrios locales, cuyas respectivas leyes de creación, nacionales y regionales, así como sus modificatorias, quedan igualmente derogadas: Ley Nº 7890, de 14/5/1934.- Que grava con impuestos de dos centavos (S/. 0.02), el saco de carbón de 100 libras que se exporte por el puerto de Paita, y de tres centavos (S/. 0.03), el que se embarque en las caletas de Máncora y Punta Sal. (...) (Artículo 1º)
Fecha: 04 de Julio de 1968
En el gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry
Ver Ley núm. 7890
PDF Ley núm. 7890Ver Ley núm. 17046
PDF Ley núm. 17046Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)