Ley núm. 7889

Creando un gravamen sobre cada cabeza de ganado que se embarque o desembarque en la estación de Chilete, con destino a la construcción de un local escolar en el pueblo de ese nombre

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 9323

Quedan sin efecto todas las disposiciones de las leyes enumeradas en el artículo 6º y cualesquiera otras disposiciones legales que se opongan a lo establecido en la presente ley. Al pago de los intereses y amortización del empréstito, se dedicarán los fondos siguientes: (...) g) La de la Ley Nº 7889; (8) (...) (Artículo 15º).

Fecha: 04 de Abril de 1941

En el gobierno del presidente Manuel Prado y Ugarteche



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Ver Ley núm. 9323

PDF Ley núm. 9323

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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