Ley núm. 10750

Sustituyendo el artículo 1º de la Ley Nº 10673, sobre adjudicación de los baños termales de Yura a la Corporación Nacional de Turismo.

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 17046

Suprímense, a partir de la promulgación de la presente ley, los siguientes impuestos, gravámenes y arbitrios locales, cuyas respectivas leyes de creación, nacionales y regionales, así como sus modificatorias, quedan igualmente derogadas: Ley Nº 10750, de 19/1/1947.- Que modifica la Ley Nº 2558, en el sentido de que los arbitrios que ella establece sean pagados cualquiera que sea la vía de transporte que se utilice para la exportación de los productos gravados por ella.(...) (Artículo 1º)

Fecha: 04 de Julio de 1968

En el gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry



Ver Ley núm. 10750

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Ver Ley núm. 17046

PDF Ley núm. 17046

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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