Ley núm. 10749

Autorizando la adquisición de dos o más equipos de pulverización de raíces de cube o barbasco; y, creando un impuesto sobre los mismos productos que se exporten por los puertos marítimos de la Repúbli

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 17046

Suprímense, a partir de la promulgación de la presente ley, los siguientes impuestos, gravámenes y arbitrios locales, cuyas respectivas leyes de creación, nacionales y regionales, así como sus modificatorias, quedan igualmente derogadas: Ley Nº 10749, DE 16-12-1946.- Que crea un impuesto de cuatro por ciento (4%) ad-valorem sobre el barbasco o cube, en raíz, polvo o concentrado que se exporte por los puertos marítimos de la República.(...) (Artículo 1º)

Fecha: 04 de Julio de 1968

En el gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry



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Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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