Ley núm. 10758

Modificando la Ley Nº 9803, sobre forma de cobrar el gravamen creado por la Ley Nº 2558 sobre la semilla, pasta y aceite de algodón.

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 17046

Suprímense, a partir de la promulgación de la presente ley, los siguientes impuestos, gravámenes y arbitrios locales, cuyas respectivas leyes de creación, nacionales y regionales, así como sus modificatorias, quedan igualmente derogadas: Ley Nº 10758, de 19/1/1947.- Que modifica la Ley Nº 9803, en el sentido de que los arbitrios que ella se refiere, sean pagados cuando los productos gravados salgan de la fábrica en que se elaboran.(...) (Artículo 1º)

Fecha: 04 de Julio de 1968

En el gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry



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Ver Ley núm. 17046

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Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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