09 May 2013

Publicidad de golosinas y transgénicos omiten información sobre efectos dañinos a la salud

La Organización Panamericana de la Salud (OPS), saludó la aprobación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, manifestando que la publicidad de los productos procesados que contienen grasas trans y alto contenido en azúcar omiten la información sobre los efectos perjudiciales a la salud de los consumidores, fomenta la obesidad y debilita la autoridad de los padres.

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Está demostrado que en el Perú la publicidad de productos procesados con grasas trans y alto contenido en azúcar omite información sobre los efectos perjudiciales a la salud, fomenta la obesidad y socava la autoridad de los padres, sostuvo la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

El representante en Perú de esta organización, Luis Fernando Leanes, felicitó por ello la reciente aprobación en el pleno del Congreso de la República de la Ley de Promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes.
 
"Esta ley constituye un paso necesario, fundamental y complementario a las iniciativas que el Perú está llevando adelante por la salud y el bienestar de los peruanos", indica Leanes en una carta enviada al presidente del Legislativo, Víctor Isla.
 
Señaló que una norma como esa, está respaldada por la evidencia científica, honra los compromisos internacionales asumidos por el Perú y es coherente con la promoción de alimentos naturales que forman parte del capital cultural de nuestros pueblos.
 
Leanes refiere que más de dos mil millones de personas en el mundo sufren de sobrepeso, obesidad y alteraciones metabólicas y que la letalidad de estas enfermedades afecta desproporcionadamente a las personas pobres, pero además acarrean una pérdida enorme a los sistemas de salud y a la productividad.
 
"En el Perú, según la ENDES 2011, el 52% de mujeres en edad fértil y el 24% de los niños entre 5 y 9 años presentan obesidad y sobrepeso", cita la misiva.
 
Añade que los dos factores principales que explican estas tendencias son la reducción de la actividad física y los cambios en los patrones alimentarios caracterizados por el alto consumo de bebidas no alcohólicas y productos procesados con grasas trans y alto contenido en azúcar, sodio y grasas saturadas.
 
Alertó que la situación a la que se ha llegado en materia de exposición de los niños a la publicidad de estos productos colisiona con derechos humanos fundamentales reconocidos por distintos pactos y convenciones internacionales, como son el derecho a la vida, a la salud, a la alimentación y al acceso a la información establecidos en distintos documentos internacionales.
 
Algunos de esos documentos son la Convención sobre los Derechos del Niño en su artículo 17 (e), la Declaración Política de la Reunión de Alto Nivel de la Asamblea General sobre Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles aprobada por la 66° Asamblea General de las Naciones Unidas y el Informe del Relator Especial sobre el Derecho a la Alimentación presentado en la 19° Sesión del Consejo de Derechos Humanos en 2011.
 
Leanes subrayó que existen cuatro aspectos fundamentales contemplados en la ley para el control de la epidemia de las enfermedades crónicas no transmisibles: la educación nutricional, la promoción del deporte y la actividad física, la creación de entornos para una alimentación saludable en las escuelas y la regulación de la publicidad de alimentos procesados no saludables dirigida a niños y adolescentes.
 
"La aprobación de la ley es un paso trascendental de cumplimiento de los tratados internacionales suscritos por el Perú en el sentido que el Estado debe defender el interés superior del niño y adolescente. Permitirá complementar las iniciativas que el Perú viene impulsando con éxito para lograr un sistema integrado de promoción de la salud en beneficio de toda la población", anotó.
 
Fuente: [Andina]. 
 
 
 
 



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