Tipo de Norma: Ley
Número: 9987
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09987LEY N9 998 7
Mandando erigir en la ciudad de Lima una plaza pública que se denominará
“Plaza Britania”.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
Por cuanto;
Ll Congreso ha ciado la ley siguiente;
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
I la ciado la ley siguiente:
Artículo 1—La ciudad de Lima, interpretando el sentimiento nacional, erigirá, en el sitio que designe su Municipio, una plaza pública que se denominará “Plaza Britania”.
Artículo 29—En ella, se perennizará el recuerdo de los graneles capitanes británicos y de los hombres de ciencia y trabajo de la misma nacionalidad que se distinguieron por sus relevantes servicios
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ai rerii.
Artículo- 3—Un Comité nombrado por el Ministerio de Educación Pública, designará a los personajes merecedores de la distinción expresada.
Artículo 4 9—El Poder Ejecutivo votará los fondos necesarios paia llevar a la práctica el homenaje a que se refiere la presente ley, dictando al efecto las disposiciones complementarias que crea convenien tes.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, liara su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los dieciseis días del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y cuatro.
E. Diez Canseco, Presidente del Se
nado.
Carlos Sayán Alvarez, Diputado Presidente.
Rómulo Jordán C., Senador Secretario.
J. Teves Lazo, Diputado Secretario.
Al señor. Presidente Constitucional de la República.
Por tanto: mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de 'Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y cuatro.
MANUEL PRADO.
C. Moreyra P. S.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.