Tipo de Norma: Ley
Número: 9948
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09948LEY N 9948
Declarando Monumento Nacional el área de terreno donde se encuentra el Reducto N9 2, levantado por las tropas nacionales para la defensa de la capital en la Batalla de Miraflores el año 1881; y, disponiendo que el Concejo Distrital de Miraflores, mediante una permuta, adquiera dicho terreno para la construcción de un parque y la erección de un monumento conmemorativo.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
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Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente*
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo l9—Declárase monumento nacional el área de terreno de treinta y
siete mil doscientos cincuenta metros v
veintinueve decímetros cuadrados, donde se encuentra el Reducto N9 2, levantado per las tropas nacionales como
I *
un baluarte de la defensa de la capital en la batalla de Miraflores el año 1881.
Artículo 29—El Poder Ejecutivo autoriza al Concejo Distrital de Miraflores para permuntar el terreno de cuarenta y cinco mil ochocientos setenta y tres metros y treinta decímetros cuadrados, que dicho Concejo adquirió por expropiaciones hechas a la Beneficencia y a la Colonia Alemana, con otro, de igual I extensión, perteneciente a la Compañía
Urbanizadora San Antonio S. A., dentro del cual se halla el Reducto indicado.
Artículo 39—Realizado el canje, el Concejo Distrital de Miraflores construi-íá un parque en toda la extensión de lo.s terrenos del Reducto N9 2 y erigirá dentro de los mismos, un monumento conmemorativo.
El resto de los terrenos, esto es los ocho mil seiscientos veintitrés metros y un decímetro cuadrados de exceso sobre el área del Reducto, será vendido por el Concejo con autorización del Poder Ejecutivo, destinándose los fondos provenientes de tal venta a la realización de las obras a que este artículo se refiere.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, paia su promulgación.
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Casa del Congreso, en Lima, a los cinco días del mes de febrero de mil novecientos cuarenta y cuatro.
E. Diez Canseco, Presidente del Senado.
Carlos Sayán Alvarez, Diputado Presidente.
Rómulo Jordán C., Senador Secretario.
J. Teves Lazo, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de
la República.
Por tanto: mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de febrero de mil novecientos cuarenta y cuatro.
MANUEL PRADO.
C. Moreyra P. S.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.