Tipo de Norma: Ley
Número: 990
documento PDF
00990LEY N.° 090
Excursiones de profesores y alumnos de la Escuela de
Ingenieros
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso lia dado la ley siguiente:
El Congreso cíe la República Peruana. Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Auméntase en dos-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.