Tipo de Norma: Ley
Número: 9871
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09871LEY N9 9871
Transferencia para habilitar la partida N9 245 del (Pliego de Hacienda del Presupuesto General de 1943.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
Por cuanto:
t
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Autorízase al Poder Ejecutivo, para transferir a la partida
N9 245 del Pliego de Hacienda del Presupuesto General vigente, la suma de veinte mil soles oro (S/o. 20,000.00),
de las siguientes que han tenido menor aplicación:
De la N9 127 . . 1 S/o. 8,000.00
„ „ „ 143 . . . „ 12,000.00S/o. 20.000.00
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y tres.
E. Diez Canseco, Presidente del Senado.
Carlos Sayán Alvarez, Diputado Presidente.
J. Bustafenante y Ballivián, Senador Secretario.
+
I. Méndez, M., Diputado Secretario.
*
Al señor Presidente Constitucional de la República.
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Por tanto: mando se publique y cumpla.
Dad o en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta
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y tres.
MANUEL PRADO.
J. L. East.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.