Ley Nº 9792

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 09792

LEY N9 9792

Creando el Obispado de Tacna, que comprenderá los Departamentos de

Tacna y Moquegua.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Artículo 1°-Créase el Obispado de

Tacna que comprenderá los actuales departamentos de Tacna y Moquegua y que será sufragáneo del Arzobispado de Arequipa.

Artículo 29—Corresponderán al Obispado de Tacna todos los bienes eclesiás ticos existentes en el territorio de su jurisdicción.

Artículo 39—Los haberes del Obispo y del Cabildo serán los mismos que los del Obispado de Puno.

Artículo 4—El Poder Ejecutivo ha-ra la presentación correspondiente ante la Santa Sede.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Dada en la Sala de Sesiones del Con greso, en Lima, a los veinticinco días del mes de enero de mil novecientos cuarenta y tres.

Antonio de La Torre, 29 Vice-Presi-dente del Senado.

Gerardo Balbuena, Diputado Presidente.

C. A. Barreda, Senador Secretario.

M. Leopoldo García, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto: mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintincico días del mes de enero de mil novecientos cuarenta y tres.

Manuel PRADO.Alfredo Solf y Muro.

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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