Ley Nº 9791

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 09791

LEY N9 9791

Creando el Obispado de Huancayo, que comprenderá el Departamento de Junín.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Artículo l9—Créase el Obispado de Huancayo que comprenderá el Depar-tamento de Junín y que será sufragáneo del Arzobispado de Lima.

Artículo 29—Corresponderán al Obispado de Huancayo todos los bienes eclesiásticos existentes en el territorio de su jurisdicción.

Artículo 39-Los haberes del Obispo

y del Cabildo serán los mismos que los del Obispado de Huánuco.

Artículo 4—El Poder Ejecutivo hará la presentación correspondiente ante la Santa Sede.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

del mes de enero de mil novecientos cuarenta y tres.

I. A. Brandaríz, Presidente del Senado.

Gerardo Balbuena, Diputado Presidente.

C. A. Barreda, Senador Secretario.

M. Leopoldo García, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto: mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco di as del mes de enero de mil novecientos cuarenta y tres.

Manuel PRADO.

Alfredo Solf y Muro.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los veinticinco días



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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