Tipo de Norma: Ley
Número: 975
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00975LEY N.“ 975
Partidas para el servicio del Panóptico
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por dimito el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana lia dado la ley siguiente:
Artículo única.—Consígnese en el presupuesto general de l¿i República, las siguientes partidas, para el servicio del Panóptico:
AL MES AL ANO
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.