Ley Nº 973

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Tipo de Norma: Ley

Número: 973


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 00973

LEY N.° 973

Escuela correccional de varones de Lima

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cnanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de lo República Peruana.

Ha dado la leyr siguiente:

Artículo único.—Elévase á siete mil qumientas libras anuales, la partida

destinada al sostenimiento de la Escuela correccional de varones de Lima.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los treintiún días del mes de diciembre de mil novecientos ocho. — Agustín G. G anoza, Presidente del Senado. —Juan Pardo, Diputado Presidente.—José iManuel García. Senador Secretario. — Mario Sosa, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.— Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los trece días del mes de enero de mil novecientos nueve. —A. B. Lk-CjVÍa.—M. V. Tillarán.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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