Ley Nº 970

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Tipo de Norma: Ley

Número: 970


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 00970

LEY N. 970

Camino de Paucartambo al Madre de Dios

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de ¡a República Peruana

Ha dado la lev siguiente:

* O

Artículo único. — Votase en el presupuesto general de la República, para 1900, la cantidad de tres mil libras, para continuar los trabajos del camino que, de la provincia de Paucartambo, va hacia el río Madre de Dios.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los treintiún días del mes de diciembre de mil novecientos ocho. — Agustín G. Ganoza. Presidente del Senado.—Juan Pardo. Diputado Presidente. — José Manuel García, Senador Secretario.— Lizardo Franco, Diputado Pro Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. -- Dado en la casa de Gobierno-, en Lima, á los doce días del mes de enero de mil novecientos nueve.— A. B. Le-guia.—F. Alavza Paz Soldán.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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