Ley Nº 9694

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Número: 9694


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 09694

LEY N 9694

Declarando Monumento Histórico Colonial la Catedral de la ciudad de Piura.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Artículo 1°-Declárase Monumento

Histórico Colonial la Catedral de la ciudad de Piura.

Artículo 2-Autorízase al Ejecutivo

para consignar en el Presupuesto General de la República de 1943 la suma de S/o. 40,000.00 para la refacción y conservación de este histórico templo.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Dad a en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los doce días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y dos.

I. A. Brandaríz, Presidente del Senado.

Gerardo Balbuena, Diputado Presidente.

Víctor M. Zapata, Senador Pro-Secretario.

M. Leopoldo García, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto: mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y dos.

Manuel PRADO.

Pedro M. Oliveira.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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