Ley Nº 9612

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Número: 9612


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 09612

LEY N9 9612

Expropiando los fundos “Lucmacucho”, “Porconcillo” y una casa sitos en Caja-marca, que forman parte de la fundación Cueva, para la construcción de local para el Colegio Nacional, Escuela Normal de Mujeres y Seminario Diocesano.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los veintiún días del mes de setiembre de mil novecientos cuarenta y dos.

Octavio AKa, Primer Vice-Presidentc del Senado.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

El C ongreso ha dado la ley siguiente:

Gerardo Balbuena, Diputado Presidente.

C. A. Barreda, Senador Sécretario.

Ernesto More, Diputado Pro-Secreta rio.

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

AI señor Presidente Constitucional

la República.

de

Ha dad o la ley siguiente:

Artículo l9-—Expropiase los fundos Lucmacucho”, ‘Porconcillo”, sitos en

Cajamarca, así como una casa en la misma ciudad, que forman parte de la fundación Cueva.

Artículo 29—Destínese el fundo “Lucmacucho” a la construcción de un local

i *

para el Colegio Nacional y Escuela Normal de Mujeres de Cajamarca.

Artículo 39-Destínese el valor del

fundo “Porconcillo” y el de la referida casa, en la ciudad de Cajamarca, para

la construcción de un Seminario Diocesano.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Por tanto: mando se publique y cumpla.

Dado -en la Casa de Gobierno, en L-ma, a los veintidós días del mes de setiembre de mil novecientos cuarenta v

*

dos.

Manuel PRADO.

«J. L. East.

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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