Ley Nº 9482

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Número: 9482


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 09482

LEY N* 9482

Reconociendo de abono en la foja de servicios de los Catedráticos de la Universidad de San Marcos, el período comprendido de 1932 a 1935.

Gerardo Balbuena, Diputado Presidente.

A lvaro de Bracamonte Orbeg.oso, Sena • dor Secretario.

M. Leopoldo García, Diputado Secreta.' rio.

Al señor Presidente Constitucional dula República.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

»

El Congreso ha. dado la ley siguiente:

4

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

*

Artículo 'único.—Reconócese de abono el período comprendido de 1932 a .1935 en la foja de servicios de los Catedráticos de^ la Universidad Nacional de San Marcos que habiendo sido elegidos con anterioridad » 1932 hubiesen continuado en la doeeucia en 1935, al reabrirse la Universidad.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para

su promulgación.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y uno.

Por tanto:

Mando se publique* y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del ines de diciem bre de mil novecientos cuarenta y uno.

MANUEL PRADO.

Pedro M. Oliveira.

/ A. Brandan'z, Presidente del Senado.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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