Ley Nº 9455

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Tipo de Norma: Ley

Número: 9455


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 09455

LEY N* 9455

Disponiendo que el Colegio Nacional “San Miguel”, que funciona en la ciudad de San Martín, se denominará “Jiménez Pimentel”.

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Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los cuatro días del mes de diciembre de mil novecientos cua-cuarenta y uno.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

E^ Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.— El Colegio Nacional “San Miguel”, que funciona en la ciudad de San Martín, capital de la provincia del mismo nombre, se denominará, en lo sucesivo “Jiménez Pimentel”.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Gerardo Balbuena, Diputado Presidente. C. A. Barreda, Senador Secretario.

M. I. Cevallos Gálvez, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y uno.

MANUEL PRADO.

Pedro M. QUveira



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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