Tipo de Norma: Ley
Número: 9394
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09394LEV N* 0394
Creando el distrito de Chinchaypujio, en U provincia de Anta.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente;
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
Ha dado la ley siguiente;
Artículo 1"—Créase el distrito de Chin-chaypujio en la provincia de Anta, Departamento del Cuzco; independizándolo d<*I distrito de Anta.
Artículo 2*—Los límites del nuevo distrito serán los mismos que tiene ahora como anexo; comprendiendo los poblados de Sumaro, Pantipara y Huancagalla. Su capital será el pueblo de Cbinehaypujio.
Liwíquese al Poder Ejecutivo, para
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.