Ley Nº 9376

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Número: 9376


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 09376

LEY Np 9376

Mandando ejecutar diversas obras públicas en el Departamento de Moquegu», con motivo del IV Centenario de la fundación española de la ciudad del mismo nombre; creando con tal objeto la 11 Junta IV Centenario de Mo-quegua”; y, autorizando una emisión de estampillas conmemorativas.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto -

El Congreso ha dado la ley siguiente;

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la l<*y siguiente:

Artículo V—-Con motivo del IV Centenario de la fundación española de la ciudad de Moquegua ejecútense las siguientes obras públieas en el Departamento del mismo nombre:

En la ciudad de Moqungua

a) .—Instalación de servicios de agua

potable y desagüe;

b) .—Terminación de las obras de pa

vimentación ;

c) .—Construcción de Locales para Los

Centros Escolares;

d) .—Edificación de une nuevo Hos

pital o ampliación y mejora del actual;

e) .—Construcción de un Estadio;

f) .—Erección de un busto de Maria

no Lino Urquieta, otro del Mariscal Domingo Nieto y otro de Manuel Camillo Barrios, para perpetuar la memoria de estos ilustres moqueguanos.

En el Puerto de Ho

g) .—Instalación de servicios de agua

potable y desagüe;

h) .—Construcción de un nuevo Mue

lle o mejoramiento del actual;

i) .—Establecimiento de la industria

de conservas, utilizando con este objeto ios inmuebles que el Estado adquirió de la Negociación Tirio w:

j) ,—Construcción de un local para

Centro Escolar y ampliación del actual;

k) .—Edificación de un Hotel para

Turistas.

En ¡os Distritos

I) .—Construcción de locales para Cen

tros Escolares en Cara mus, Tocata, Ornato y Puquina.

Obras de importancia general

II) .—Reconstrucción del Ferrocarril de

lio a Moquegua;

ni).—Concluir la construcción de ii autovía que debe unir el Puerto de lio con la ciudad de Puno, pasando por la de Moquegua ;

n).—Ejecución de las obras de regu-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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