Tipo de Norma: Ley
Número: 9293
documento PDF
09293RESOLUCION LEGISLATIVA N* 9293
Manuel B. Llosa, Diputado Secretario.
Disponiendo que doña Ana María Ramos Duarte participe con doña Augusta Schwalb Ramos, por partes iguales, la pensión de cuatrocientos soles oro dada a la segunda por resolución legislativa N< 7971, por ser ambas nietas del que fue Coronel Clemente Ramos, vencedor en Junín y Ayacucho.
Lima, 3 de enero de 1941.
Señor:
El Congreso, en atención a que doña Ana María Ramos Duarte, lia comprobado legalmente ser también nieta legítima del que fué Coronel don Clemente Ramos, vencedor en Junín y Ayacucho, y considerando justo que participe de la pensión dejada por su causante y que fué otorgada íntegramente a la otra nieta del ilustre Jefe, doña Augusta Schwalb Ramos, mediante la resolución legislativa N* 7971, (1) ha resuelto modificarla en el sentido de que la pensión de S/o. 400.00 (Cuatrocientos soles
oro) sea dividida, por partes,iguales, entre doña Augusta Schwalb Ramos y doña Ana María Ramos Duarte, por ser ambas nietas del mismo causante.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Lima, 10 de enero de 1941.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, pu-blíquese y archívese.
MANUEL PRADO.
O. A. de la Fuente.
(1).—Resolución Legislativa Nc> 7971.—Haciendo extensivos a doña Augusta Scn-walb Ramos, nieta del Coronel don Clemente Ramos, Vencedor de Junín y Aya-cucho, los efectos de la cédula que se extendió a favor de doña Eudosia Ramos viuda de Schwalb.—Anuario de la Legislación Peruana.—Tomo XXYIÍ.— Pág. 99.
Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.
Dios guarde a Ud.
E. Montadle, Presidente del Senado.
Carlos Sayán Alvarcz, Presidente de la Cámara de Diputados.
Raúl A. Pinto, Senador Secretario.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.