Ley Nº 9160

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 09160

LEY N* 9160

Postergando hasta el 5 de setiembre de 1941 la celebración del Cuarto Centenario de la fundación de la ciudad de Chachapoyas.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

i

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Artículo V.—Postérgase la celebración del Cuarto Centenario de la fundación de la ciudad de Chachapoyas hasta el 5 de setiembre de 1941.

Artículo 29.—Autorízase al Poder Ejecutivo para que disponga lo conveniente, a fin de que dicha efemérides se celebre, por lo menos, con la iniciación de obras que se traduzcan en progreso efectivo para el Departamento de Amazonas.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los veintinueve días del mes de agosto de mil novecientos cuarenta.

E. Montagne, Presidente del Senado.

Armando Montes, ler Yiee-Presideute de la Cámara ele Diputados.

Silva y Elguera, Senador Secretario.

Manuel />. Llosa, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiun días del mes do agosto de

,r

mil novecientos cuarenta.

MANUEL PRADO.

G. Garrido Lcrca.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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