Tipo de Norma: Ley
Número: 9113
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09113LE Y N9 9113
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Disponiendo que la Ley N9 9112 comprende las urbanizaciones a que se refieren las Leyes Nos. 7844 y 7967.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
Por cuanto:
Ei Congreso ha dado la lev siguiente:
^ V L--
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente;
Artículo único.—La ley (1) que dispone la suspensión de acciones judiciales iniciadas como consecuencia de contratos de compra-venta o promesa de venta de lotes de terrenos en Lima, Callao, Chosiea y Balnearios, comprende las urbanizaciones a que se refieren las leves Nos. 7Ó44 (2) y 7967 (3).
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Dada en la Sala de Sesiones .del Con-reso, en Lima, a los quince días del mes de mayo de mil novecientos cuarenta.
E. Montagne, Presidente del Senado.
tartos Sayón Alvares Presidente de la * ámara de Diputados.
Silva y El y itera. Senador Secretar
Fernando Luis Castro Agusti, Diputa do Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto :
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de mayo de mil novecientos cuarenta.
MANUEL PRADO.
Carlos Moreyra y P. 8.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.