Ley Nº 9062

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Número: 9062


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 09062

LEY X 9062

Autorizando transferencias y la apertura de un crédito suplementario para ha-bilítar las partidas Nos. 445, 412, 413-414 y 408 del Pliego de Relaciones Exteriores del Presupuesto General de 1939 en liquidación; y, ampliando el crédito extraordinario abierto por ley N9 8972 para la repatriación de los peruanos residentes en Europa.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso lni dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la lev siguiente:

Articulo 1°.—Autorízase al Poder Ejecutivo }¡ar<. que efectúe las siguientes

transferencias de jjartj<las del Pliego de

Relaciones Exteriores del Presupuesto General para 1939, en liquidación.

De -la partida Nr 42b (para gastos de propaganda), a la par lid a X’" 446, la \|ima de ocho mil soles oro (S 'ü. 8,000.00),

De la pan ida 426. la suma de veinte

j 11 i i setecientos i-ua tro soles oro v dieciseis

«

centavos (S/o. 20,704.16) a las siguientes:

\ la Xv 412 para útiles de

escritorio..... S/o, 500.00

A la Xv 414 servicio cable-

gráfico .......... 20.194.65

A la X" 414 servicio tele

■fónico . ..... 9.51

S/o, 2(1,704.16

Arríenlo T —Autorízase, asimismo, la tperfora de mi crédito suplementario por la suma de sesenta mil soles oro (S/o. 60.000.00), con el fin de habilitar la partida X- 408 del mismo Pliego y Presupuesto (pie ha resultado insuficiente; con cargo a los mayores ingresos que se obtengan durante el ejercicio presupuesta! de 1929.

Artículo 2°.—Amplíase en cincuenta mi! soles oro {¡S/o 00,000 00). mas, el crédito extraordinario mandado abrir por la ley X- 8472. (1) para atender a los gastos que

demanda la repatriación de los peruanos residentes en Euiyopa, con cargo a los mayores ingresos que se obtengan en lá liquidación del ejercicio presupuesta! para 1939.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los siete días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta.

K. Monía<jtic, Presidente del Senado.

Curios Sayón Alvares, Presidente de la

Cámara de Diputados.

K. Silva i/ Elyucra. Senador Secretario.

Manuel 11. Llosa, Diputado Secretario.

Ai señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto:

Mando se publique y cumpla.

Dafdo en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta.

MANUEL PRADO.

Alfredo Solí y Muro.

(Encarg. de la Cart. de Hao.)

<l).~ Ley N° 8972 —Abriendo un crédito

extraordinario por 5)o. 100,000.00, para que el Ministerio de Relaciones Exteriores a-tíenda los gastos que ocasione la repatriación de los peruanos residentes en Europa.—Anuario de la Legislación Peruana.— Tomo XXXI.—Pág. 302.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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