Ley Nº 9058

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Número: 9058


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 09058

LEV X' ͻ05S

Creando la Sociedad de Beneficencia Pública de la provincia de San Martín.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

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E. Montagne, Presidente del Senado.Carlos Sayón Alvarez, Presidente de la Cámara de Diputados.Raúl A. Pinto, Senador Secretario.

Fernando Luis Castro Agusti, Diputado Secretario.

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANAHa dado Ja ley siguiente:

A) señor Presidente Constitucional de la República.

Artículo único.—Créase en Ja Provincia

de San Martín una Sociedad de Beneficencia Publica con sede en la ciudad de Tarapoto. capital de la Provincia.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para tjue disponga lo necesario a su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintinueve días del mes de febrero de mil novecientos eua renta.

Por tanto:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la ( asa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta.

MANUEL PRADO.

Constantino J. Car rallo.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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