Tipo de Norma: Ley
Número: 8867
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08867H
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LEY $867
Mandando efectuar una transferencia de partida» por Sjo. 7,297.41 y abrir un crédito «aplementario por Sjo. 18,702.89 para habilitar la partida N* 407 del Pliego de Relacione» Exteriores del Presupuesto General de 1988 en Hqutdación.
OSCAR R. BENAVIDES. GENERAL I>E
DIVISIONProsiil^iite Constitucional de Iti República. Por cuanto:
KJ Congreso Constituyen te ha concedido facultades* legislativas al Poder Ejecutivo, en virtud de la lev X* 846$:
Considerando:
Habiendo resultado insuficiente la par-tida X® 407 del Pliego de Relaciones Exteriores del Presupuesto General para 1938. en liquidación, destinada al servicio cable-gráfico. es necesario atender a su habilitación ;
De acuerdo con lo informado por la Con-traloría General de la República: y
Con el voto aprobatorio del Consejo de
Mjnistros:
EL PODER EJECUTIVOII« dado la ley siguiente:
\rticulo U—Autorizase al Ministerio de
elida para que efectúe las siguientes
íl!lU ferenOas de partidas del Pliego dealciones Exteriores del Presupuesto Ge-nlr&l í,ara UK'8* ni
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S;o. 7.297.41
A la partida V 4<>. destinada al servicio cublegráfioo.
\rtículo 2* —Autorízase así mismo al ev-presrido Ministerio para abrir un crédito súpleme ata rio por la suma de dieciocho mil ¡setecientas dos soles oro y cineuentinueve centavos (Sjo. 18.702.59). con el fin de habilitar la rifada partida V 407.
El crédito a que se refiero la presente ley será cubierto con los mayores ingresos que se obtengan en la liquidación del ejercicio presupuesta! para 1938.
(‘as» de Gobierno, en Lima, a los treinta día* del mes de marzo de mil novecientos treinta v nueve.
O. I. BE.VA VIDES.
P. Jíqhtagne. Presidente del Consejo de Ministro» v Ministro de Educación Pública.
Curios Concluí, Ministro de Relaciones
Exteriores,
¡Hómedes .1 rías Srhreíher, Ministro dé
Gobierno v Policía
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E, flttrf/uh, Ministro de Guerra.
4/. Ugorfrrhfi, Ministro de Hacienda y Comercio.
flidor Bqvc Ministro de Fomento r
Obras Públicas.
¡toque A. Stildfox. Ministro de Marina y Aviación.
G. Almenara, Ministro de Salud Pública, Trabajo y Previsión Social, encargado de la Cartera de Justicia.
Por tanto:
Mando se publique y cumpla.
Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta
m
días del mes de marzo de rail novecientos treinta y nueve.
O. I. BEXA VIDES.M. Ügarteche.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.