Ley Nº 8855

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Número: 8855


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 08855

LEY X- 8855

Destinando a la construcción de un Hotel para turistas, el terreno que en la ciudad de Huánuco ocupaba el edificio de San Francisco; y derogando la ley de 4 de marzo de 1828, que asignaba dicho edificio para establecer un Colegio de Educación Científica.

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PlViÓdcntO í 'OllstitlH’iojnii <lt* la Hí-JíllL]it-fl.

Por cuanto:

E, Mon tagne, Presidente del Consejo de Ministros v Ministro de Educación Pública,

e.

CarUns Concha, Ministro de Relaciones Primores.

Diómedes Ariay Sehrriber, Ministro de Justicia v Culto v encargarlo clol Ministerio

de Gobierno v Policía.

%*

F. Hurtado, Ministro de Guerra.

X Ugarterhe, Ministro de He rienda y Comercio.

El Congreso Constituyente ha concedido facultades legislativas al Poder Ejecutivo, virtud do la lev X® 84(13:

Considerando:

Héctor Boza, Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Roya. A tialdio#. Ministro de Marina y

Aviación.

Que no habiéndose dado cumplimiento hasta la fecha a la lev de d de mano de 18A8. la que en su artículo asignó el edificio de San Francisco ubicado en la ciudad de Huánuco. capital entonces del Departamento de Juiiín. para establecer en él un Colegio de Educación Científica:

Con el voto aprobatorio del Consejo de Minisrf ros:

G. Almenara, Ministro de Salud Ptiblica, Trabajo y Previsión Social.

Por tanto;

Mando se publique y cumpla.

Casa de Gobierno, a los dieciseis días del mes de marzo de mil novecientos treinta v

A*

nueve.

O. H. BENAVIDES.

Héctor Boza.

EL PODER EJECUTIVO

Ha dado la ley siguiente:

¿VHículo 1v.—Destínase a la construcción «le un Hotel para turistas, el terreno que en la ciudad de Huánueo ocupaba el mencionado edificio de San Francisco; y Artículo v9.—Queda derogada la ley de 4 Je marzo de 1828 y demás disposiciones que se hubieren dictado y se opongan al cumplimiento de la presente ley.

(lasa de Gobierno, a los dieciseis días dei mes de marzo de mil novecientos treinta y nueve»

0. B. BEXAYTDES.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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