Tipo de Norma: Ley
Número: 880
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00880Hss. Leg. N.n 330 Permiso á D. Juan J. Koster
Lima, 25 de octubre de 1908.
Excmo. Señor:
El Congreso ha resuelto conceder al ciudadano don Juan J. Koster, el permiso que, acatando lo prescrito en el inciso 4.° del artículo 41 de la Constitución, ha solicitado para aceptar y ejercer en el puerto de Moliendo, el cargo de vice-cónsul, que le ha conferido el gobierno de los Estados Unidos de Méiico.
Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento v demás fines.
Dios guarde á V. E. — Agustín G. Ga-noza, Presidente del Senado.—J. M. Manzanilla, Primer Vice-presidente de la Cámara de Diputados. — José Manuel García, Secretario del Senado. — Mario Sosa, Diputado Secretario.
Al Excmo. Sr. Presidente de la República
Lima, 2 de diciembre de 1908.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publíquese.—Rúbrica de S. E.—Porras.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.