Tipo de Norma: Ley
Número: 881
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00881Bes. Leg. N.° 881
Ascenso del Coronel D. Pedro
José Carrión
Lima, 25 de octubre de 1908.
Excmo. Señor:
El Congreso, en ejercicio de la atribución que le confiere el inciso 13 del artículo 59 de la Constitución, ha aprobado la propuesta hecha por el Poder Ejecutivo, para «ascender á la efectividad de su clase, al coronel graduado de infantería de ejército, don Pedro José Carrión.
Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.
Dios guarde á V, E. — Agustín G. Ga-noza, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente. - D. Matto, Secretario del Senado. — Angel Ugarte, Diputado Secretario.
Al Excmo. Sr. Presidente de la República
Lima, 2 de diciembre de 1908.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese y publíquese. — Rúbrica de S. E. — Onta necia.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.