Tipo de Norma: Ley
Número: 8791
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08791 LEYi N’ 8791Autorizando al Ministerio de Hacienda para abrir un crédito extraordinario por la suma de S/o. 30,800.99, déficit de lo» gastos hechos por la Caja de Deposíte» y Consignaciones, Departamento de Recaudación, por cuenta de) Supremo Gobierno, en la financiación de lo» Campeonatos Internacionales de Basket-Ball, Natación y Box, realizado» en Lana en el presente ano.
OSCAR R. BENA VIDES, GENERAL
DE DIVISION
Presidente Constitucional de la República
Por cuanto;
El Congreso Constituyente ha concedido facultades legislativas al Poder Ejecutivo, en virtud de la ley N* 8463;
Considerando;
Que la cuenta especial mandada abrir en conformidad con la resolución suprema de 11 de enero del presente año; que encargó a la Caja de Depósitos y Consignaciones el control financiero de los Campeonatos Internacionales de Basket-Ball, Nata ción y Box, arroja un saldo deudor de treinta mil ochocientos solee oro y noven-tinueve centavos (S/o. 30,800.99);
De acuerdo con lo opinado por la Con-traloría General de la República y la Dirección del Presupuesto; y.
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
EL PODER EJECUTIVO
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Autorízase al Ministerio de Hacienda para abrir un crédito extraordinario por la suma de treinta mil ochocientos soles oro y noventinueve centavos (S/o. 30,800.99), suma a que asciende la diferencia entre los ingresos y los gastos in-
curridos y por cubrir, hechos por la Caja de Depósitos y Consignaciones, Departamento de Recaudación, por cuenta del Supremo Gobierno, en virtud de la autorización conferida por resolución suprema de 11 de enero de 1938, en la financiación de loe Campeonatos Internacionales de Basket-Ball, Natación y Box, realizados en el presente año en esta Capital, y conforme a las cuentas presentadas al Gobierno por el Comité Nacional de Deportes.
El crédito a que se refiere la presente ley, será cubierto con los mayores ingresos que se obtengan dufante el ejercicio presupuesta! del año en curso.
Casa de Gobierno, en Lima, a loe veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos treinta y ocho.
O. R. BENAVIDES.
E. Montagne, Presidente del Consejo de
Ministros v Ministro de Educación Pública.
Carlos Concha, Ministro de Relaciones Exteriores.
A. Rodríguez, Ministro de Gobierno y Policía.
Díómedes Arias Schreiber, Ministro de Justicia y Culto y encargado del Ministerio de Hacienda y Comercio.
b\ Hurtado, Ministro de Guerra.
Héctor Boza, Ministro de Fomento y Obras Públicas.
Roque A. Scildías, Ministro de Marina y Aviación.
G. Almenara, Ministro de Salud Pública, Trabajo y Previsión Social.
Por tanto:
Mando se publique y cumpla.
Casa de Gobierno, en Lima, a loa veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos treinta y ocho.
O. R. BENAVIDES.Díómedes Arias Schreiber.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.