Tipo de Norma: Ley
Número: 8790
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08790LEY N9 8T90
Destinando la suma de S/o. 250.000.00
para terminar la reedificación del Pa lacio de Gobierno.
OSCAR R. BENAVIDES, GENERAL
DE DIVISION
Presidente Constitucional de la República.
Por cuanto:
El Congreso Constituyente ha concedido facultades legislativas al Poder Ejecutivo, en virtud de la ley N9 8463;
Considerando:
Que para la terminación de los trabajos
de reedificación del Palacio de Gobierno.
ro han sido suficientes las sumas votadas
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con tal objeto por las leyes Nos. 8560, (1) 8629, (2) 8694, (3) 8718, (4) 8735 (5) y 8762, (6) debido a las ampliaciones que ha sido necesario ejecutar.
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
EL PODER EJECUTIVO
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Destínase la suma de doscientos cincuenta mil soles oro (S/o
250.000.00), para terminar la reedificación del Palacio de Gobierno, con cargo a los mayores productos del ejercicio presupuesta! del año en curso.
El Ministerio de Hacienda pondrá oportunamente estos fondos a disposición del Ministerio deí Fomento.
Casa de Gobierno, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos
treinta y ocho.
O. R. BENAVIDES.
E. Moni agrie. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación Pública.
Carlos Concha, Ministro de Relaciones Exteriores.
A. Rodríguez, Ministro de Gobierno y
Policía.
Dwmedes A rías Schreiber, Ministro de Justicia y Culto y encargado del Ministerio de Hacienda.
F. Hurtado, Ministro de Guerra.
Héctor Boza, Ministro de Fomento y Obras Públicas.
Roque A. Baldías, Ministro de Marina y Aviación.
G. Almenara, Ministro de Salud Pública, Trabajo y Previsión Social.
Por tanto:
Mando se publique y cumpla.
Casa de Gobierno, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos
treinta v ocho.
O. R. BENA VIDES.
Diómedes Arias Schreiber.
(1) .—Ley 8560, Designando la suma de Sí.
1*500,000.00 para la reedificación del Palacio de Gobierno—Anuario de la Legislación Peruana—Tomo XXIX, Pág. 129.
(2) .—Ley 8629. Ampliando en S[. 2*500.000.00
mas la suma votada por la ley N 8560 para obras de reedificación del Palacio de Gobierno—'Anuario de la Legislación Peruana —Tomo XXX, Pág. 27.
(3) .—Lev 8694. Destinando la suma de S{.
700.000. 00 para continuar la reedificación del Palacio de Gobierno—‘Anuario-de la Legislación Peruana—Tomo XXX, Pág. 122.
(4) .—Ley 8718. Destinando la suma de S1.
300.000. 00 para terminar la reedificación del Palacio de Gobierno—Anuario de la Legislación Peruana—Tomo XXXf Pág, 163.
(5) .—Ley 8735. Destinando la suma de S|.
800.000. 00 para terminar la reedificación del Palacio de Gobierno—Anuario de la Legislación Peruana—/Tomo XXX, Pág. 188.
(6) .—Ley 8762. Destinando la suma de 8 .
700.000. 00 para terminar la reedificación del Palacio de Gobierno—‘Anuario de la Legislación Peruana—Tomo XXX, Pág. 224,
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.