Tipo de Norma: Ley
Número: 8731
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08731LEY N9 8731
Autorizando al Ministerio de Hacienda para abrir un crédito suplementario por S/o. 52,400.00 con el fin de ha1 2 Editar las partidas Nos. 215 y 399 de] pliego de Hacienda del Presupuesto
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General vigente, destinadas para publicaciones e imprevistos, respectivamente.
OSCAR R. BENAVIDES (i EN ERAL
DE DIVISION
Presidente Constitucional de la República. Por cuanto:
El Congreso Constituyente ha concedido
facultades legislativas al Poder Ejecutivo,
en virtud de la lev N9 8463; v. Considerando :
Que es necesario atender diversos pagOB que. afectan a las partidas Nos. 215 y 399 del Pliego de Hacienda del Presupuesto General vigente;
De conformidad con las facultades legislativas concedidas al Poder Ejecutivo en virtud de la ley N9 8463, (1) para aplicar las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de Presupuesto N9 4598 (2) ; Estando a lo acordado; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
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EL PODER EJECUTIVO
Ha dado la ley siguiente j Artículo único.—Autorízase al Ministerio de Hacienda para abrir un crédito suplementario por la suma de cincuentidos mil cuatrocientos soles oro (S/. 52,400.00), con el fin de habilitar las siguientes partidas del Pliego de Hacienda del Presupuesto Geperal vigente, que han tenido mayor aplicación:
A la ,N9 215.—Publicaciones S/. 2,400.00
A la N9 399.—Imprevistos ,, 50,000.00
S/. 52,400.00
Este crédito será cubierto con los mayores ingresos que se obtengan durante el ejercicio presupuestal en curso.
Casa dé Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de agosto de mil novecientos treinta v ocho.
0. R. BENAVIDES.
E. Montcigne, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación Pública.
Carlos Concha, Ministro de Relaciones Exteriores.
A. Rodríguez, Ministro de Gobierno y Policía.
Diúmedes Arias Schreiber, Ministro de Justicia v Culto.
F. Hurtado, Ministro de Guerra.
Benjamín Roca, Ministro de Hacienda v Comercio.
Hedor Boza, Ministro de Fomento y Obras Públicas.
Roque A. Baldías, Ministro de Marina y Aviación.
t 1
G. Almenara, Ministro de Salud Pública, Trabajo y Previsión Social.
Por tanto:
Mando se publique y cumpla.
Casa de .Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de agosto de mil novecientos treinta v ocho.
K/
O. R. BENAVIDES.
Benjamín Roca
1
(1) —Ley 8463. Extendiendo el mandato presi
dencial del señor General de División
2
don Oscar ít, Benavides, v concediendo facultades legislativas al Poder Ejecutivo.—Anuario de la Legislación Peruana.— Tomo XXVIII, Pág. 363.
(2) —Ley 4598. Ley Orgánica del Presupuesto
General de la República.—Anuario de ia Legislación Peruana.—Tomo XVII. P 49.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.