Tipo de Norma: Ley
Número: 8688
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08688LEY N9 8688
Abriendo un crédito suplementario a la partida N9 421 del Pliego de Relaciones Exteriores del Presupuesto General vigente, para abonar al diario inglés “Tlie Financia! T¡I»es,, los avisos que debe publicar con referencia al desarrollo económico nacional.
OSCAR 11. BENA VIDES, GENERAL
DE DIVISION
Presidente Constitucional de la República.
Por cuanto:
El crédito a que se refiere la presente ley, será cubierto con los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuesta! del año en curso.
Casa de Gobierno, en Lima, a primero de julio de mil novecientos treinta y ocho.
0. R. BENAVIDES*
E. Montagne} Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación Pública.
Carlos Concha, Ministro de Relaciones Exteriores*
El Congreso Constituyente ha concedido facultades legislativas al Poder Ejecutivo, en virtud de la ley N9 8463 j
Considerando:
A. Rodríguez, Policía*
inistro de Gobierno
Diómedes Arias Schreiber, Justicia y Culto.
íinistro
Que es necesario proveer los fondos con que deben ser abonados los artículos que sobre el desarrollo económico nacional debe publicar el Diario Inglés “The Finan-cial Times”;
De conformidad con las facultades legislativas concedidas al Poder Ejecutivo en virtud de la ley N9 8463 (1), para aplicar las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de Presupuesto N9 41598, (2);
Con lo opinado por la Contraloría General de la República y la Dirección de Presupuesto; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
EL PODER EJECUTIVO
F. Hurtado, Ministro de Guerra.
Benjamín Roca, Ministro de Hacienda y Comercio.
Héctor Boza, Ministro de Fomento y Obras Públicas.
Roque A. Baldías, Ministro de Marina y Aviación.
O. Almenara, Ministro de Salud Pública, Trabajo y Previsión Social.
Por tanto;
Mando se publique y cumpla.
Casa de Gobierno, en lima, a primero de julio de mil novecientos treinta y ocho.
Ha dado la ley siguiente:
O. R. BENAVIDES.
Artículo único.—Autorízase al Ministerio de Hacienda para abrir un crédito suplementario a la partida N9 421 del Pliego de Relaciones Exteriores del Presúpuesto General vigente, hasta por la suma de ochocientas setenticmco libras esterlinas (£
875.0.0.), al cambio del día, a fin de abonar al Diario Inglés “Tbe Financial Times”,
los avisos que conforme a su propuesta, debe publicar con referencia al desarrollo económico nacional.
Benjamín Boca.
(1) —Ley 8463. Extendiendo él Mandato pre
sidencial del Sr. General de División don Osear R. Benavidea, y concediendo facultades legislativas al Poder Ejecutivo.— Anuario de la Legislación Peruana.—To-
mo XXVHl, P4g. 363.
(2) — Ley 4598. Ley Orgánica del Presupuesto
General de la República . — Anuario de la Legislación Peruana .— Tomo XVII, Pag. 49.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.