Ley Nº 8631

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Número: 8631


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 08631

LEY N9 8631

Autorizando al Ministerio de Hacien-

*

da para celebrar un contrato de préstamo con la Caja de Depósitos y Consignaciones , con la garantía de las ren* tas del Agua Potable de Lima.

OSCAR R. BESA'VIDES, GENERAL

DE DIVISION

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto:

El Contri *so Constituyente ha concedido facultades legislativas al Poder Ejecutivo, en virtud de la lev N9 8463: v,

Considerando ;

Que es conveniente proceder a regularizar el servicio de agua potable de la ciudad de Lima mediante la colocación de medidores para su mejor distribución y aprovechamiento, obteniéndose a la vez mejores rendimientos en su administración;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

EL PODER EJECUTIVO

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Autorízase al Ministerio de Hacienda para celebrar un contrato de préstamo con la Caja de Depósitos y Consignaciones S. A., hasta por. la suma de ochocientos mil soles oro (S/o. 800,000.00),

con el interés del seis por ciento (6%) anual v con la garantía de las rentas del Agua Potable de Lima.

Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos treinta v ocho.

O. R. BENAVIDES.

E. Monfagne, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación Pública.

Carlos Concha, Ministro de Relaciones Exteriores.

A. Rodríguez, Ministro de Gobierno y Policía.

Thómodrsi Ario.< Brhrcibrr, Ministro de

Justicia v Culto.

\

F. Hurtado, Ministro de Guerra.

Benjamín Roca, Ministro de Hacienda y Comercio.

Héctor Boza, Ministro de Fomento.

Roque A. Saldías, Ministro de Marina y Aviación.

Rafael Excardo, Ministro de Salud Pública, Trabajo y Previsión Social.

Por tanto:

Mando se publique y cumpla.

Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos treinta v ocho.

a.

O. R. BENAVIDES.

Benjamín Roca.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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