Ley Nº 8545

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Número: 8545


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 08545

LEY N9 8545.

•*

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Hospital de Casma, Concediendo subsidio á la Beneficencia Pública de Santa para efectuar las reparaciones necesarias en el Hospital.

OSCAR R. BENA. VIDES, DEN ERAL

DE DIVISION

Presidente Constitucional de la República^

Por cuanto:

t

En uso de las facultades legislativas concedidas al Poder Ejecutivo por el Congreso

*

Constituyente, en mérito de la ley N9 8463;

Considerando:

Jjr urgente necesidad de ejecutar diversas obras de reparación del Hospital de

Casma;

Con el vota aprobatorio del Consejo de Ministros;

EL PODER EJECUTIVO

[a dado la ley siguiente:

Artículo único.—Con cargo a los1 fondos acumulados por concepto de la ley N9 7696,

concédese un subsidio preferencial de quince mil soles oro a la Beneficencia Pública de Santa, para que proceda a efectuar las o-bras de reparación que necesita el Hospital de Casma.

0. R. BENAVIDES.

E, Montagne, Presidente del Consejo de Ministros y Minúftro de Educación Pública.

C. A. de la Fuente„ Ministro de Relaciones Exteriores.

A. Rodríguez, Ministro de Gobierno y Policía.

Felipe de la Barra, Ministro de Justicia y Culto.

F. Hurtado, ‘Ministro de Guerra.

T. A Iglesias, Ministro de Hacienda y Comercio.

Federico Recavarren, Ministro de Fomento.

H. Mercado, Ministro de Marina y Aviación.

Roque A. 8didías. Ministro de Salud Pú-blica, Trabajo y Previsión Soeial.

Por tanto:

Mando se publique y cumpla Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de junio de mil novecientos treinta y siete.

O. B. BENA VIDES.

Roque A. Saldías.

*

♦ *

La Junta encargada de la distribución de fondos de dicha ley dará inmediato cumplimiento a esta disposición; aprobándose por *el Ministerio del Ramo las reparaciones que deben efectuarse en el citado Hospital.

Casa de Gobierno, en lima, a los cuatro días del mes de junio de mil novecientos treinta y siete.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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