Ley Nº 8515

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Número: 8515


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 08515 LEY Nf 8515

Cediendo a la Colonia Infantil Vacacio-nal de Ancón 206.925 metros cuadrados de terreno.

OSCAR R. BENAVIDES, GENERALDE DIVISIONPresidente Constitucional de la República. Por cuanto:

El Congreso Constituyente ha concedido facultades legislativas al Poder Ejecutivo en virtud de la ley N9 8463;

Considerando:

Que el Estado está obligado a fomentar como necesidad social impostergable*, el desarrollo de la Colonia Infantil de Vacaciones de Ancón, procurando a los colons medios indispensables a su máximo esparcimiento, comodidad y desarrollo de sus facultades físicas;

Con el voto consultivo del Consejo de

Ministros;

(9,356.5 m2), construidos recientemente*; y los terrenos eriazos necesarios para la construcción de campos deportivos, gimna-cios y parques.

Artículo 29—El Ministerio de Hacienda dispondrá lo conveniente para la celebración de los respectivos contratos de cesión.

Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de marzo de mil novecientos treinta y siete.

O. R. BENAVIDES.

’E. Montaigne, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación Pública.

C. A. de la Fuente, Ministro de Relaciones Exteriores.

A. Rodríguez, Ministro dt* Gobierno 7 Policía.

Felipe de la Barra, Ministro de Justicia y Culto.

F. Hurtado, Ministro de Guerra.

T. A. Iglesias, Ministro de Hacienda y

Comercio.

por

publiq

Mando

se

EL PODER EJECUTIVOHa dado la ley siguiente:

Artículo l9.—Cédese a la Colonia Infantil Vacacional de Ancón el uso de los doscientos seis mil novecientos veinte y cinco metros cuadrados (206,925 m2) de* terrenos,

solicitados por el Comité Directivo de dicha

\

entidad, según el plano que tiené presentado, y que comprenden: una parte de terrenos de playa; el área ocupada actualmente

por el pabellón N9 1 de aquella Colonia con siete mil doscientos treinta y cuatro metros cuadrados y cuatro décimos cuadrados (7,234.04 m2), que perteneció a la antigua Escuela de Trasmisiones de] Ministerio de Guerra; el pabellón N9 2 con nueve* mil trescientos cincuenta y seis metros cuadrados y veinte y cinco decímetros cuadrados

Federico Recavarren, Ministro de E°'

mentó.

H. Mercado, Ministro de Marina J Aviación.

Roque A. SaldíaSj Ministro de Pública, Trabado y Previsión bbdaL

tanto: ue v cumpla.

ca de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de marzo de mil novecientos

treinta v siete*

0. R. BENAVIDES.

T. A. Iglesias.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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