Ley Nº 8475

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Número: 8475


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 08475

LEY i\To 8475

Declarando válida^, las ventas de los lotea de terrenos “Lealtad" otorgados por el< Comité Pro-Aviación de Loreto, en la ciudad de Iquitos,

CUvMENTE J. KE VILLA

Preside nto del Congreso Constituyente

«lo 19111 ;

En uso do la facultad que lo confiero c*l art ícfulo 12!) do la Constitución del listado y por cuanto el Congreso ha dado jl¡i ky riguicide:

Gonzalo 8alazar, - Secretario del Con

greso.

G, Cáceres Gandel, Secretario del Congreso.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, ou observancia de lo dispuesto en el artículo 129 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Fomento, para su cumplimiento.

1 <—] >o el á r a n s e válidas

lia dado la ley siguiente:

A r tí cu lo tas de los lotes de terreno ^‘Lealtadv otorga

dos por el Comité Pro-Aviación de Loreto. en la ciudad de Iquitos en favor de distintos compradores e inscríbase en el Registro de la Propiedad Inmueble dichas enagena-

cionos.

Artículo 2°—Para la venta de' los lotea que quedan libres en ese terreno, se observará lo dispuesto en cd Código de Procedimientos Civiles.

Casa del Congreso, en Lima, a los doce días del mes de noviembre de mil novecientos treinta y seis.

Clemente J. Revilla, Presidente del Congreso.

i

Gonzalo Solazar, Secretario del Congreso.

R. Montea-gado, Secretario <3 el Congreso.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Lima, 25 de noviembre de 1036. Cúmplase,* regístrese 3' publíquese.

Federico llecantrren.

Casa del Congreso, en Lima, a los trece días del mes de julio de mil novecientos treinta y sois.

4.'

Clemente J. Revilla, Presidente del Congreso.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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