Ley Nº 830

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Tipo de Norma: Ley

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 00830

Bes, L£g. N.° 830

Declarando á don Germán Amat y Loón expedito para optar el grado de bachiller en Jurisprudencia

Limn, 2‘7 cíe Octubre cíe 1908.

Excmo. señor:

El Congreso, atendiendo á que don Germán Amat y León, principió y terminó sus estudios antes de que se expidiera la última lev orgánica de Instrucción v la de 15 de noviembre de 1902, que señala nuevos requisitos para recibirse de abogado, y teniendo en cuenta, que desde entonces el recurrente se encuentra al servicio del Estado, fuera de la Capital; ha resuelto: declararlo expedito para optar el grado de bachiller en jurisprudencia; y que, para los efectos de su recepción de abogado, se halla comprendido en la lev de 17 de octubre de 1903, complementaria de la de 15 de noviembre de 1902.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde á V. E.— Agustín G. Ga-noza, Presidente del Senado.—Juan Par-no, Diputado Presidente. —José XI n mi el García,Senador Secretario—Angel ligarte, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente déla República.

Lima, 17 de noviembre ele 1908.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese y publíquese.—Rúbrica de S. E.— Yillnrán.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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