Ley Nº 8246

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Número: 8246


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 08246

LEY N* 8246

Consignando partida en el Presupuesto General de la República para la implantación del servicio de luz eléctrica en la ciudad de Cotahuasi.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por cuanto;

El Congrosr Constituyente ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO CONSTITUYENTE

Ha dado la ley .siguiente;

Artículo único.—Consígnese en el Presupuesto General de la República una partida por la suma de quince mil soles oro, con destino a la implantación del servicio de luz eléctrica en la ciudad de Cotahuasi, capital de la provincia de La Unión.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los tres días del mes de abril de mil novecientos treinta y seis.

Clemente J. Re villa, Presidente del Con-

^ • •

gres Oí.

Gonzalo Solazar, Secretario del Congreso.

Gt Cáceres Gaudet, Secretario del Congreso.

Al señor Presidente Constitucional de la Renública.

Por tanto;

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de abril de mil novecientos treinta y seis.

O, R, BENA VIDES.

Hedor Bozat



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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