Ley Nº 8157

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 08157

Kes. Leg. N° 8157

Reconociendo a don Oswaldo Hoyos Osores los servicios que Ha prestado a la Nación.

Lima, .17 cío diciembre de 1935.

Señor:

El Congreso Constituyente de 1931, en

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vista de la iniciativa del Poder Ejecutivo y en uso de la atribución cjue le confiere el artículo lvüv de la Constitución del Estado, lia resuelto reconocer a. don Oswaldo IIovos Osorcs. cx-lYrsoiicru del Cobierno



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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