Tipo de Norma: Ley
Número: 8085
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08085LEY N<> 8085
Derogando la Ley Regional N* 378, que establece un impuesto adicional sobre el alcohol, en la provincia de Azángaro.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por cuanto:
El Congreso Constituyente ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO CONSTITUYENTE
lia dado la ley siguiente:
¡
Artículo tínico.—Derógase la ley regional N<> 378, que establece un impuesto adicional sobre el alcohol que se interna a la provincia de Azángaro.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los once días del mes de marzo de mil novecientos treinta y cinco.
Clemente J. fíevilla, Presidente del Congreso.
M. Wenceslao Delgado, Secretario del Congreso.
Gonzalo Solazar, Secretario del Congreso.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a veintitrés de marzo de mil novecientos treinta y cinco.
O. R. BENAYIDES’.
M. Ugarteche.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.