Ley Nº 8063

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Tipo de Norma: Ley

Número: 8063


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 08063

LEY N* 80(33

Autorizando al Poder Ejecutivo para que entregue al Concejo Provincial d'e Lima, veinte mil soles, con el objeto de que se construya stands en la Exposición y Feria del Centenario, • para la exhibición de los productos fabricados en las diversas provincias de la República.

Por cuanto:

El Congreso Constituyente ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO CONSTITUYENTE lía dado la ley siguiente:

Artículo tínico. — Autorízase al Poder Ejecutivo para que entregue al Concejo Provincial de Lima, la suma de veinte mil soles oro (S/. 20,000.00), con el objeto üu que se construyan Stands en la Exposición y Feria del Centenario, en donde se exhiben los productos nacionales fabricados en las diversas provincias de la República, con excepción de la de Lima.

Este gasto se cubrirá con las partidas que no hayan tenido aplicación, de los pliegos de Hacienda y Fomento del Presupuesto General de la República, en liquidación.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los once días del mes de marzo de mil novecientos treinta y cinco..

Clemente J. Rcvilln, Presidente del Congreso.

M. Wenceslao Delgado, Secretario del Congreso.

Gonzalo tía lazar. Secretario del Congreso.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de marzo de mil novecientos treinta v cinco.

O

O. R. BENAVIDES.

M. Ugarteche.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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