Tipo de Norma: Ley
Número: 806
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00806Ess. Leg. N.° 806
Indulto al reo César A. Arciniega
Lima, 25 de octubre de 1908.
Excmo. señor:
El Congreso, en uso de la atribución que le confiere el inciso 19 del artículo 59 de la Constitución, ha resuelto indultar al reo César A. Arciniega del tiempo que le falta para cumplir su condena.
Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á V. E.—Agustín G. G a noza, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente—José Manuel García, Senador Secretario—Angel Ugarte, Diputado Secretario.
Al Excmo. Sr, Presidente déla República.
Lima, 12 de noviembre de 1908.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publíquese.—Rúbrica de S. E.— Villarán.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.