Ley Nº 8049

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 08049

LEY N9 8049

Autorizando al Poder Ejecutivo para declarar en estado de reorganización al Tribu* nal Mayor de Cuentas.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso Constituyente lia dado la ley siguiente:

EL CONGRESO CONSTITUYENTE

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.-—Autorízase al Poder Ejecutivo para que. declare en estado de reorganización el Tribunal Mayor de Cuentas e introduzca en su constitución y en el procedimiento de examen y juzgamiento de las cuentas todas las modificaciones que es time convenientes.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su

promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los catorce días del mes de marzo de mil novecientos treinta y cinco.

Clemente J. Revilla, Presidente del Congreso.

M. Wenceslao Delgado, Secretario del Congreso.

Gonzalo Solazar, Secretario, del Congreso.

Al señor Presidente Constitucional de la Rep idílica.

Por tanto:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de marzo de mil novecientos treinta y cinco.

O. R. BENAVIDES.

M. Ugarteche.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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