Tipo de Norma: Ley
Número: 804
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00804LEY N.° 804
Agua potable en Caj amarca
JUAN PARDO
PRESIDENTE DEL CONGRESO
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana. Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. —Consígnese en el presupuesto general, por dos años eonse-
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.