Tipo de Norma: Ley
Número: 8025
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08025LEY Ñ* 8025
Autorizando al Poder Ejecutivo para abrir un crédito extraordinario, con destino a la
I
ejecución de las obras de agua potable d!e
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la ciudad de Puno.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por cuanto:
El Congreso Constituyente lia dado la ley siguiente:
EL CONGRESO CONSTITUYENTE
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. --- Autorízase al Poder Ejecutivo para abrir un crédito extraordinario por la suma de doscientos cincuenta mil soles oro (S/o. £50,000.00) con el exclusivo objeto de que sea-dedicado a la ejecución de las obras de agua potable en la ciudad de Puno.
El crédito votado con este fin sera cubierto con los mayores ingresos que se pudieran obtener en el ejercicio presupuestal
de 1935.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintisiete días del mes de febrero de mil novecientos treinta y cinco.
Clemente J. Revilla, Presidente del Con* greso.
M. Wenceslao Delgado, Secretario del
i
Congreso.
Conzalo ¡Solazar, Secretario del Con
greso.
Al señor Presidente Constitucional de la
República.
Por tanto:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a primero de marzo de mil novecientos treinta y cinco.
O. R. BENAYIDES.
M. Ugartcchc.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.