Ley Nº 802

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Tipo de Norma: Ley

Número: 802


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 00802

LEY N.° 802

Reconstrucción del local del colegio de San Luis Gonzaga

de lea

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Consígnese en el presupuesto general de la República, por

una sola vez, la suma de mil doscientas libras, destinadas á la reconstrucción del local del Colegio de San Luis Gon-zaga, de lea.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los veinticinco días del mes de octubre de mil novecientos ocho. —Agustín G. Ganoza, Presidente del Senado.— Juan Pardo, Diputado Presidente. — Augusto Ríos, Pro-Secretario del Senado.—Angel Ufarte,Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la Casa del Gobierno, en Lima, ñ los siete días del mes de noviembre de mil novecientos ocho.—A. B. Le* guía.—M. V. Villarán.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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