Tipo de Norma: Ley
Número: 8005
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08005LEY; m 8005
Consignando partida en el Presupuesto General de 1935, con destiho a la ampliación del hospital de Chachapoyas, y para establece# los servicios de cirugía y maternidad.
Gonzalo Solazar,
Secretario del Con
greso.
Al señor Presidente .Eepública.
Constitucional de la
Por tanto:
CLEMENTE J. EE VILLA
Presidente del Congreso Constituyente de
1931.
En nso de la facultad que le confiere el artículo 129 de la Constitución del Estado y por cuanto el Congreso lia dado la ley siguiente :
EL CONGEES O CONSTITUYENTE lía dado la ley siguiente:
Artículo único.— Consígnase en el Presu-puesto General de la Eepública para el año 1935, la suma de odio mil soles oro, que se
I
destinará a la ampliación del Hospital de Chacha poyas, para el establecimiento de los servicios de cirugía y maternidad.
Comuniqúese la Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los vcirv-tiocho días del mes de diciembre de mil novecientos treinta y cuatro.
Clemente J. Revilla, Presidente del Congreso.
No habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 129 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Beneficencia para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los dieciocho días del mes de febrero de mil novecientos treinta y cinco.
Clemente J. Revilla, Presidente del Congreso.
M. Wenceslao Delgado, Secretario del Congreso.
Gonzalo Solazar, Secretario del Congreso.
Lima, 18 de febrero de 1935.
*
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, blíquese y archívese.
Arenas Loayza.
M. Wenceslao Delgado, Secretario del
Congreso.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.