Tipo de Norma: Ley
Número: 7995
documento PDF
07995LEY N* 7995
Autorizando al Poder Ejecutivo para abrir un crédito extraordinarno, para cubrir lo» gastos que demande la representación del Ministerio de Fomento en las diversas actividades de la Feria organizada por el Concejo Provincial de Lima, con motivo del IV Centenario de la Fundación de la ciudad.
EL PRESIDENTE*DE LA REPUBLICA Por cuanto:
El Congreso Constituyente ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO CONSTITUYENTE:
Ha dado la ley siguiente:
Artículo tínico.— Autorízase al Poder E-jecutivo para abrir un crédito extraordinario por la cantidad de S|o. 50,000.00, a fin de cubrir los gastos que demande la Representación del Ministerio de Fomento en las diversas actividades de la Feria que, con motivo del IY Centenario de la fundación de la ciudad de Lima, organiza el Concejo Provincial de esta ciudad.
Este crédito se cargará a los mayores ingresos que se obtengan en el Presupuesto General de 1934, en liquidación.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso en Lima a loa trece días del mes de febrero de mil novecientos treinta y cinco.
Clemente J. Revilla, Presidente del Congreso.
M. Wenceslao Delgado, Secretario del Congreso.
Gonzalo Solazar, Secretario del Con
greso.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de febrero de mil novecientos treinta y cinco.
O. R. BENA VIDES.
M. Ugarle che.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.